"Ante la hipótesis de que un partido político - según el auto - presentara candidaturas con el ánimo de defraudar los efectos de la ilegalización de otro partido (...), quebrantando la sentencia de ilegalización, el cauce que el ordenamiento jurídico ofrece para salvaguardar la eficacia de la sentencia" y evitar que concurra a las elecciones "es el de la solicitud de ilegalización del nuevo partido - o del que, sin ser de nueva creación, sea aprovechado con el mismo designio elusivo -".
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